PROTOCOLO CONTRA EL ACOSO LABORAL

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17 / 05 / 2021 | jpardo

Justicia aprueba el protocolo contra el acoso laboral que protegerá a las casi 6.000 personas que trabajan en los juzgados valencianos

El documento enumera las conductas que serán consideradas como acoso e incluye los órganos que intervendrán ante situaciones conflictivas


La Dirección General de Modernización de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública ha aprobado el Protocolo de Prevención y Actuación contra el Acoso Laboral en la Administración de Justicia que está diseñado para proteger a las casi 6.000 personas que componen la plantilla de los juzgados de la Comunitat Valenciana.

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica este lunes la resolución firmada por la directora general del ramo, Àngels Bixquert, para dar cumplimiento a lo recogido en el Acuerdo de Legislatura con los sindicatos de 2016 y a las directrices del Plan de Igualdad de Justicia de la Generalitat aprobado en 2018.

Así, en el Protocolo se enumeran una serie de conductas que serán consideradas como acciones de acoso moral o psicológico como el aislamiento; la exclusión para la realización del trabajo; el encargo de tareas que sobrepasen la capacidad de una persona determinada o que sean de categoría inferior a su cualificación; la negación de la información o los recursos necesarios para el cumplimiento de la tarea; la humillación pública o la difusión de comentarios que traten de ridiculizar a alguien por su aspecto, condiciones físicas, ideas, creencias o ataques a su vida privada.

El Protocolo, además, incluye medidas específicas para luchar contra el acoso sexual tal y como establece la ley orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

El Protocolo contempla que serán las Unidades de Resolución de Conflictos (URC), la Inspección General de Servicios de la Generalitat y el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración autonómica las encargadas de intervenir para gestionar las situaciones conflictivas, investigar los hechos y proponer las medidas correctoras y, llegado el caso, las sanciones disciplinarias.

En el plazo de 3 meses desde la aprobación del presente Protocolo, como medida de prevención primaria, se elaborará una Guía de Buenas prácticas desde la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, con la colaboración del SPRL. Dicha Guía se publicará y difundirá por las unidades responsables de personal entre todos los órganos judiciales y unidades administrativas, así como otros Servicios de la Administración de Justicia. El trabajo de elaboración
de dicha Guía podrá consistir en la adaptación de la Guía de Buenas Prácticas elaborada por la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, siempre teniendo en cuenta las peculiaridades de la Administración de Justicia





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