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NOVEDADES OPOSICIONES GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE: ANUNCIO TRIBUNAL CALIFICADOR

divendres 30 octubre 2020 09:23 h

ANUNCIO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO

30 de octubre de 2020

Documentos asociados:


ELTRIBUNAL CALIFICADOR UNICO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN
EL CUERPO DE GESTION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA DE LA ADMINISTRACION DE
JUSTICIA, SISTEMA DE ACCESO LIBRE CONVOCADAS POR ORDEN JUS/764/2019, DE
10 DE JULIO

Reunido en Madrid, a 29 de octubre de 2020,

Ante las diversas consultas realizadas en relación a la presentación tanto del formulario de
autoevaluación como de la documentación relativa a la justificación de los méritos establecidos
en la convocatoria se comunica lo siguiente:

A. En este momento procesal se distinguieron dos actuaciones diferentes, por un lado, la
presentación de un modelo de autoevaluación, y por otro la presentación de la
documentación justificativa de los méritos correspondientes al historial profesional.

B. El modelo de autoevaluación es un resumen, que realiza cada opositor, de la puntuación
que estima que debería obtener en la fase de concurso en función de la documentación
acreditativa que pueda aportar o que la Administración valore de oficio.
Este modelo resumen es independiente de la presentación de la documentación
justificativa que deba aportar el aspirante o de aquella que valore de oficio la
Administración.

C. La presentación de la documentación justificativa de los méritos correspondientes al
historial profesional, que es la única (si el opositor dio su consentimiento en la
presentación de la instancia inicial para la valoración de oficio por la Administración del
resto de los méritos establecidos en la convocatoria ) que debe aportarse por el opositor,
deberá hacerse a través de la aplicación informática habilitada al efecto y cuyo acceso
se produce a través de la dirección URL publicada en la página web
(https://pubwebseal.justicia.es/sap/public/sap/bc/webdynpro/sap/zasistente_co_gta_acce
so#).

D. Ante los numerosos problemas informáticos detectados con el modelo de autoevaluación
propuesto (problemas de descarga, cumplimentación, firma y otros) se ha decidido
eliminar dicho documento
, ya que si bien la convocatoria prevé la aportación de dicho
modelo, la implementación de la aplicación informática habilitada para la presentación
de la documentación justificativa del historial profesional y la estimación de oficio del
resto de méritos establecidos en la convocatoria, suplen la presentación del modelo de
autoevaluación por los aspirantes.

E. Por lo tanto, sólo debe presentarse, en este momento procesal, documentación
justificativa de los méritos correspondientes al historial profesional a través de la
aplicación habilitada al efecto.

F. El resto de méritos serán comprobados de oficio por el órgano gestor del procedimiento,
si se dio el consentimiento por el aspirante en la instancia inicial, y por lo tanto no
deberá presentarse documentación acreditativa de los mismos.

Sólo en el caso de que no se hubiera dado el consentimiento para la comprobación de
oficio, se abrirá un plazo para la presentación de la documentación acreditativa de los
títulos y grados académicos. El inicio de dicho plazo y la forma de presentación, se
anunciarán en la página web del Ministerio con posterioridad a la finalización del plazo
para la presentación de la documentación acreditativa del historial profesional.


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